CONVOCATORIA (PERITOS DE TRABAJO SOCIAL FEDERAL 2020) “para integrar la Lista de personas que pueden fungir como peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación, correspondiente al año dos mil veinte.”

DOF: 13/09/2019

CONVOCATORIA para integrar la Lista de personas que pueden fungir como peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación, correspondiente al año dos mil veinte.

 

 

CONVOCATORIA EN PDF

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Dirección General de Asuntos Jurídicos.

CONVOCATORIA PARA INTEGRAR LA LISTA DE PERSONAS QUE PUEDEN FUNGIR COMO PERITOS ANTE LOS ÓRGANOS DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CORRESPONDIENTE AL AÑO DOS MIL VEINTE
 
La Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 81, fracción XXIX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 40, fracción XVII y 160, fracción XXIII, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; así como 4, 5, 6 y 7 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula la integración de la Lista de personas que pueden fungir como peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintisiete de agosto de dos mil diecinueve, convoca a participar en el proceso de integración de la Lista, a todas las personas que estén capacitadas para formular dictámenes en la profesión, oficio, ciencia, arte, conocimiento o técnica de una materia, para el auxilio de la administración de justicia, bajo las siguientes:
 
BASES
 
PRIMERA. La función de las personas que integrarán la Lista es la de auxiliar con sus conocimientos a los órganos jurisdiccionales, auxiliares y administrativos, así como a las unidades administrativas del Consejo de la Judicatura Federal que lo requieran, en el desahogo de los asuntos de su competencia.
Su participación se dará bajo el régimen de profesionistas independientes, por lo que deberán expedir comprobantes fiscales digitales autorizados de conformidad a la legislación fiscal vigente; asimismo, la inclusión en la Lista de un aspirante no le confiere el carácter de servidor público del Consejo de la Judicatura Federal, ni le otorga certificación alguna de sus conocimientos por parte del Poder Judicial de la Federación.
 
SEGUNDA. Podrán participar en la presente Convocatoria todos los expertos en una profesión, oficio, ciencia, arte, conocimiento o técnica, entre otras, de las materias y especialidades que integran las ramas del conocimiento siguientes:
RAMA 1 Ciencias Físico-Matemáticas y de las Ingenierías
1.     Actuaría
2.     Agropecuaria
3.     Arquitectura
4.     Ciencias de la Computación
5.     Ciencias de la Tierra
6.     Física
7.     Geociencias
8.     Ingeniería Aeronáutica
9.     Ingeniería Agrícola
10.    Ingeniería Ambiental
11.    Ingeniería Civil
12.    Ingeniería de Minas y Metalurgia
13.    Ingeniería Eléctrica y Electrónica
14.    Ingeniería en Energías Renovables
15.    Ingeniería en Telecomunicaciones
16.    Ingeniería en vías terrestres
17.    Ingeniería Geofísica
18.    Ingeniería Geológica
19.    Ingeniería Geomática
20.    Ingeniería Industrial
21.    Ingeniería Mecánica
22.    Ingeniería Mecánica Eléctrica
23.    Ingeniería Mecatrónica
24.    Ingeniería Petrolera
25.    Ingeniería Química
26.    Matemáticas
27.    Nanotecnología
28.    Tecnología
29.    Topografía
30.    Urbanismo
31.    Valuación
 
RAMA 2 Ciencias Biológicas, Químicas y de la Salud
32.    Biología
33.    Ciencias Agroforestales
34.    Ciencias Ambientales
35.    Ciencias Forenses
36.    Criminología y Ciencias Auxiliares
37.    Ecología
38.    Fisioterapia
39.    Manejo Sustentable de Zonas Costeras
40.    Medicina y sus Especialidades
41.    Nutrición
42.    Odontología
43.    Órtesis y Prótesis
44.    Protocolo de Estambul (Medicina y Psicología)
45.    Psicología
46.    Química
47.    Química en Alimentos
48.    Química Farmacéutico Biológica
49.    Química Industrial
50.    Veterinaria y Zootecnia
 
 
RAMA 3 Ciencias Sociales
51.    Administración
52.    Antropología
53.    Ciencias de la Comunicación
54.    Competencia Económica
55.    Comunicación y Periodismo
56.    Contabilidad
57.    Economía
58.    Geografía
59.    Informática
60.    Mercadotecnia
61.    Sociología
62.    Trabajo Social
 
RAMA 4 Artes y Humanidades
63.    Desarrollo y Gestión Interculturales
64.    Diseño Gráfico
65.    Diseño y Comunicación Visual
66.    Historia
67.    Interpretación de Lenguas Indígenas y Extranjeras
68.    Lingüística Aplicada
69.    Pedagogía
70.    Traducción de Lenguas Indígenas y Extranjeras
 
TERCERA. Las personas interesadas en integrar la Lista de quienes pueden fungir como peritos ante órganos del Poder Judicial de la Federación deberán satisfacer los siguientes requisitos:
I. Contar con conocimientos necesarios en las materias o especialidades en las que quiere participar como perito.
II. Contar con un mínimo de cinco años de experiencia en el ejercicio profesional.
III. No haber sido condenado por delito doloso, mediante sentencia ejecutoriada que merezca pena privativa de libertad;
IV. No haber sido sancionado administrativamente por los órganos de los poderes Judicial, Legislativo y Ejecutivo federales o estatales, por la comisión de alguna falta grave;
V. No desempeñarse como servidor público del Poder Judicial de la Federación; en caso de ser servidor público de otras Dependencias o Entidades, deberá abstenerse de intervenir en los asuntos en donde la Institución en la que labore sea parte.
VI. Sujetarse a las disposiciones normativas del Consejo de la Judicatura Federal en todo lo relacionado con su función como perito, dando su consentimiento respecto del Arancel y Lineamientos de pago de honorarios que al efecto se establezcan.
En caso de incumplimiento a lo anterior, o bien, proporcionar información o documentación falsa, será dado de baja de la Lista, de conformidad al procedimiento establecido en el Acuerdo General de la materia, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
VII. Entregar, dentro de los plazos establecidos en esta convocatoria, la siguiente documentación:
 
1.    NUEVO INGRESO.
a)   Formato de solicitud de nuevo ingreso debidamente requisitado, con fotografía tamaño infantil reciente, adherida al mismo, en dicha solicitud, deberá manifestar bajo protesta de decir verdad su conformidad a sujetarse a los términos y condiciones de la invitación para formar parte de la Lista, así como su pleno consentimiento respecto a que el Consejo de la Judicatura Federal puede verificar en todo momento, la veracidad de la información y los documentos exhibidos por los aspirantes, cumplir con la normativa vigente y requisitos señalados en la presente convocatoria;
b)   Copia de identificación oficial (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional o cartilla militar);
c)   Currículum Vitae en el que se deberá precisar los datos de localización, tales como número telefónico, domicilio y correo electrónico.
d)   Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a tres meses;
e)   Copia certificada del título y cédula profesional, en el caso de que no esté reglamentada la materia o especialidad, los documentos con los cuales pretenda acreditar la profesión, oficio, ciencia, arte, conocimiento o técnica en la que se desee registrar. Será necesario contar con un mínimo de cinco años de ejercicio profesional, el cual se contará a partir de la expedición de la cédula emitida por la autoridad educativa correspondiente;
f)    Copia de la cédula de identificación fiscal y constancia de Registro Federal de Contribuyentes;
g)   Formato de aviso de privacidad en la que manifieste su consentimiento para la transmisión de datos personales a los órganos jurisdiccionales y áreas administrativas del Consejo de la Judicatura Federal.
Tratándose de intérpretes y traductores, además de los requisitos previamente señalados, deberán presentar la constancia que acredite la formación para desempeñarse como intérprete o traductor de una lengua extranjera y nivel de dominio de la misma. Para el caso de intérpretes o traductores de una lengua indígena, podrán presentar original y copia para su cotejo, certificación, o en su caso la constancia en la cual se establezca la lengua que se habla, con la variante o región de donde es originario, expedida por autoridad o institución pública o privada.
 
2.    RENOVACIÓN DE REGISTRO.
 
a)   Formato de solicitud de renovación; debidamente requisitado, manifestando bajo protesta de decir verdad que cumple con la normativa vigente y requisitos señalados en la presente convocatoria, así como su pleno consentimiento respecto a que el Consejo de la Judicatura Federal puede verificar en todo momento, la veracidad de la información y los documentos exhibidos por los aspirantes;
b)   Currículum Vitae actualizado, en el que se indiquen los estudios, cursos o talleres, que muestren una constante actualización en la profesión, oficio, ciencia, arte, conocimiento o técnica en la materia que están inscritos;
c)   Formato de aviso de privacidad en la que manifieste su consentimiento para la transmisión de datos personales a los órganos jurisdiccionales, auxiliares y administrativos, así como a las unidades administrativas del Consejo de la Judicatura Federal.
Los aspirantes que ya forman parte de la Lista y que presenten su solicitud en una especialidad adicional de la que se encuentran registradas, deberán cumplir con los requisitos que se indican en el apartado correspondiente a nuevo ingreso.
Los datos personales que proporcionen los aspirantes tendrán el carácter de confidenciales en términos de los artículos 113 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 31, 42 y 59, fracción V, de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
Las solicitudes para renovación de registro, nuevo ingreso y formato de aviso de privacidad, en los cuales manifiesten su consentimiento para la transmisión de datos personales, deberán presentarse en los formatos correspondientes que estarán a disposición de los interesados en la página de internet (www.cjf.gob.mx).
Los documentos expedidos por autoridades extranjeras, deberán estar apostillados, en su caso, legalizados y todos aquellos que se encuentren redactados en un idioma diferente al español se acompañarán de la traducción que corresponda, la cual deberá haber sido realizada por un profesionista distinto al solicitante, asimismo, tratándose de solicitudes presentadas por extranjeros, deberán exhibir copia certificada del documento que acredite que su situación migratoria les permite laborar en el país.
A las solicitudes de nuevo ingreso y de renovación, se deberá adjuntar la documentación con la que acrediten cumplir con los requisitos, en los casos que así corresponda, la que deberá presentarse engrapada y en el orden que se señala; no se aceptarán carpetas ni engargolados.
La documentación deberá ser presentada ya sea en físico o a través de mensajería, en la Dirección General de Asuntos Jurídicos, ubicada en el Edificio Sede del Poder Judicial de la Federación, sito en Carretera Picacho Ajusco número 170, piso 3, Colonia Jardines en la Montaña, Alcaldía Tlalpan, Código Postal 14210, en la Ciudad de México.
Para permanecer durante su vigencia en la Lista de peritos, las personas interesadas deberán, en todo momento, ajustarse al cumplimiento de requisitos previstos en la convocatoria y contar con los documentos inherentes para desempeñar la función, en el entendido de que cualquier modificación en su estatus, podrá dar lugar a su exclusión de la Lista.
 
CUARTA. Calendario para registro.
RECEPCIÓN DE
DOCUMENTOS
Del 1 al 15 de octubre de 2019, de 09:00 a 18:00 horas en días hábiles.
ANÁLISIS DE SOLICITUDES
Del 16 de octubre hasta el 15 de noviembre de 2019.
INTEGRACIÓN DE LA LISTA
Del 16 al 30 de noviembre de 2019.
APROBACIÓN Y
PUBLICACIÓN DE LA LISTA.
Del 1 al 15 de diciembre de 2019.
 
QUINTA. Los aspirantes que no sean considerados para integrar la Lista, podrán solicitar la devolución de sus documentos en un plazo de 3 días hábiles, contados a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, la cual tiene efectos de notificación. Transcurrido dicho plazo se procederá a la destrucción de la documentación en el plazo de 30 días.
SEXTA. Las situaciones no previstas, se someterán a consideración y resolución de la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal.
 
TRANSITORIOS
PRIMERO. La presente convocatoria deberá publicarse en la primera quincena del mes de septiembre en el Diario Oficial de la Federación, en dos diarios de circulación nacional y en el portal del Consejo en internet e intranet. Asimismo, se hará invitación a todas aquellas instituciones públicas o privadas, educativas o colegios de profesionistas, así como a los peritos que integraron la lista vigente al 2019, a fin de publicitar la presente convocatoria.
SEGUNDO. La Lista de personas que pueden fungir como peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación, será publicada en su oportunidad en el Diario Oficial de la Federación, en dos diarios de circulación nacional y en el portal del Consejo en internet e intranet.
TERCERO. Cualquier irregularidad o anomalía dentro del procedimiento de integración de la lista deberá reportarse a la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Consejo de la Judicatura Federal, ubicada en Carretera Picacho Ajusco número 170, piso 3, Colonia Jardines en la Montaña, Alcaldía Tlalpan, Código Postal 14210, en la Ciudad de México o al correo electrónico DGAJ-peritos@correo.cjf.gob.mx .
 
EL MAESTRO ADRIÁN VALDÉS QUIRÓS, DIRECTOR GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN LA FRACCIÓN XVII DEL ARTÍCULO 143 DEL ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, POR EL QUE EXPIDE EL SIMILAR QUE REGLAMENTA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL PROPIO CONSEJO. CERTIFICA QUE LA PRESENTE CONVOCATORIA PARA INTEGRAR LA LISTA DE PERSONAS QUE PUEDEN FUNGIR COMO PERITOS ANTE LOS ÓRGANOS DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CORRESPONDIENTE AL AÑO DOS MIL VEINTE, FUE APROBADA POR LA COMISIÓN DE CARRERA JUDICIAL EN SESIÓN DE FECHA DIEZ DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE, POR UNANIMIDAD DE VOTOS DE LOS SEÑORES CONSEJEROS. CIUDAD DE MÉXICO, A DIEZ DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE.- DOY FE.- Rúbrica.
 

 

 

 

fuente:http://dof.gob.mx
Leví Calderón Clemente

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